viernes, julio 30, 2010

Proponen cambiar denominación de la moneda


El senador Antonio Guerra radicó el pl 34 de 2010 Senado ¨ Por medio de la cual se modifica la denominación de la moneda legal Colombiana, en desarrollo del numeral 13 Artículo 150 de la Constitución Política.

La iniciativa plantea crear, en forma transitoria, una nueva unidad monetaria y unidad que se denominará ¨ nuevo peso ¨ y será emitida por el Banco de la República. Este será equivalente a mil unidades de los ¨Pesos¨ regulados por la ley 31 de 1992. La nueva unidad se dividirá en ¨cien centavos¨.

En la exposición de motivos, el autor afirma que “En la práctica esta iniciativa se resume diciendo que lo que propone es suprimirle (3) tres ceros al peso actual, mediante la creación de un Nuevo Peso, el cual será equivalente a mil (1000) pesos actuales y dividirá en cien (100) centavos, es decir cada $1000 se convierten en (1) ¨ Nuevo Peso”.¨

El articulado establece que se entiende que los bienes y derechos que hayan sido denominados en ¨pesos ¨ no alteran su valor por obra de la presente ley, y que cuando fuere el caso hacerlo efectivo en dinero se hará en ¨nuevos pesos¨. Así mismo, Las obligaciones denominadas en moneda extranjera y que según la ley, las resoluciones de la Junta Directiva del Banco de la República, y los contratos, que hayan de redimirse en moneda legal Colombiana, se redimirán en ¨Nuevos Pesos¨.

Según la norma, quienes ofrezcan, vendan o comercialicen bienes y/o servicios en el territorio Nacional, tendrán que publicar de manera simultanea el valor de cada bien y/o servicio en pesos con su equivalente en ¨Nuevos pesos¨, lo anterior por lo menos durante los cuatro (4) meses anteriores a la entrada en vigor de la nueva denominación de la moneda objeto de la presente ley.

Además, se faculta a la Junta Directiva del Banco de la República para que, en un lapso no mayor a 12 meses, luego de la promulgación de la ley, realice los actos necesarios para colocar en circulación los ¨Nuevos Pesos

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viernes, julio 23, 2010

Ley 1402

Fue sancionada la Ley por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 50 años de la Diócesis de El Espinal y se declara monumento nacional a la catedral de El Espinal, en el departamento del Tolima.

Allí se autoriza al Gobierno Nacional para incluir dentro del Presupuesto General de la Nación, senda partida presupuestal que permita la ejecución de las obras necesarias para la remodelación, reparación y conservación de la Catedral de El Espinal, ubicada en el municipio de El Espinal, departamento del Tolima en la vigencia de las leyes del Presupuesto Nacional posteriores a la promulgación de esta ley


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jueves, julio 22, 2010

Objetados dos proyectos de Ley

Dos proyectos fueron devueltos al Congreso por el Presidente de la República. A continuación los detallamos con la exposición de motivos respectiva:

- Sin la correspondiente sanción ejecutiva, el Gobierno Nacional devolvió por razones de inconveniencia el Proyecto de ley número 110 de 2008 Cámara - 337 de 2009 Senado, por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 408 años de creación del municipio de Nemocón (Cundinamarca), y se dictan otras disposiciones.

MOTIVACIÓN: No se puede perder de vista la vigencia, por el término de 30 años, del contrato de concesión suscrito entre el Ministerio de Minas y Energía y la Sociedad Colombiana de Sales y Minas Ltda. (Colsalmina Ltda.), con el objeto de que el concesionario, por su cuenta y riesgo, tiene el derecho a explotar el área minera de sal de Nemocón, así como los que se hallaren asociados o en liga íntima o resultaren como subproducto de la explotación.

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- Sin la correspondiente sanción ejecutiva, el Gobierno Nacional devolvió por razones de inconveniencia Proyecto de ley número 078 del 2008 Cámara 344 de 2009 Senado, por medio de la cual se establecen los requisitos y mecanismos ágiles para la postulación, asignación y aplicación de subsidios familiares de vivienda para la población rural afectada por desastres naturales, calamidad pública o emergencia, o con viviendas de alto riesgo.

MOTIVACIÓN: no preceptúa con cargo a qué fondo de recursos públicos se debe atender las familias rurales que han perdido la totalidad de su vivienda o esta ha sido afectada como consecuencia de una situación de desastre natural, calamidad pública o emergencia.
Así mismo, se abre la posibilidad de que existan postulaciones individuales, lo cual hace financieramente inviable el seguimiento y la interventoría para garantizar su adecuada ejecución.
Además, es inconveniente el proceso de asignación de los subsidios con el informe inicial del Comité Local de atención y prevención del desastre, puesto que este puede sufrir variaciones y provocaría una falsa expectativa y dejar por fuera hogares que hayan sido verdaderamente afectados.

Finalmente, se estima que elevar a rango de ley algunas de estas disposiciones hace que pierdan la posibilidad de ser modificadas y adaptada a las dinámicas, necesidades y programas propios de la administración pública, restando flexibilidad a las políticas de atención en vivienda a la población afectada como consecuencia de desastres naturales.

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miércoles, julio 21, 2010

Sesiones citadas para 27 de julio

El próximo martes volverá a sesionar el Congreso, tras la instalación efectuada ayer. La semana entrante las Plenarias de Cámara y Senado deberán aprobar las planchas que se presenten con los nombres de los miembros de cada una de las comisiones.

La estructuración obedece netamente a acuerdos políticos entre las bancadas. Por ello, estos días serán aprovechados por compromisarios para conformar las comisiones de manera equitativa entre las distintas colectividades.

En caso de que las plenarias de Senado y Cámara aprueben tales planchas se puede proceder de inmediato a la instalación formal de cada una de las catorce comisiones para que estas puedan sesionar.

Senado citó para esos efectos el martes 10 am y Cámara a las 3 pm.

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Zulúaga, Rodríguez y Navas nueva mesa de Cámara

Como Presidente en Cámara de Representantes fue elegido el conservador Carlos Zulúaga con 165 votos. La Primera Vicepresidencia fue para el Partido de la U con Roosevelt Rodríguez, que obtuvo 158 votos a favor. La segunda Vicepresidencia fue para el abogado Germán Navas del Polo Democrático, que consiguió 105 votos a su favor. En esta votación hubo 37, votos en blanco.


Esta Corporación también ratificó a los actuales secretario y subsecretario general de la Corporación.

El Secretario General, Jesús Alfonso Rodríguez Camargo obtuvo 165 votos, al igual que la Subsecretaria Flor Marina Daza, 165 votos.


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Benedetti, Chavarro y Moreno nueva mesa Senado

La nueva Mesa Directiva en Senado quedó conformada por el presidente Armando Benedetti, del partido de la “U”; primer Vicepresidente, el conservador Carlos Ramiro Chavarro y segundo Vicepresidente, Alexandra Moreno Piraquive, del movimiento Mira. Fueron ratificados en sus cargos como secretario y subsecretario, a Emilio Otero Dajud y a Saúl Cruz..

Todas las bancadas acompañaron la postulación de los candidatos que resultaron elegidos. El Polo Alternativo Democrático, que inicialmente no iba a respaldar a ningún candidato, terminó apoyándolos luego de alcanzar un acuerdo que para la siguiente legislatura un miembro de su bancada haga parte de la Mesa Directiva.

De acuerdo con el informe de la comisión escrutadora, la votación fue la siguiente: el Presidente obtuvo 101 votos; el Primer Vicepresidente, 97 votos; el Segundo Vicepresidente, 100; el Secretario 102 votos, y el Subsecretario, 100 votos.

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Instaladas sesiones del Congreso


El Presidente Alvaro Uribe Vélez declaró oficialmente instaladas las sesiones del nuevo Congreso para el período 2010-2014.

En extenso discurso, el Primer Mandatario hizo un detallado balance de su gobierno durante los ocho años de mandato en cada una de las áreas.

Un momento bastante emotivo del discurso fue cuando el Presidente solicitó rendir homenaje a los generales de la República. Los congresistas se pusieron de pié y aplaudieron casi un minuto.

Sobre su relación con el Congreso Uribe dijo que: “Estamos próximos a concluir unos años de Gobierno que coincidieron con enormes dificultades del Congreso. En todo momento defendimos la institución sin detenernos en situaciones personales de sus integrantes. Abogamos por un Congreso transparente y valiente, sin sometimiento a la ilegalidad y sin temor para hacer cumplir la Ley”.

En otro aparte de su discurso arrancó sonoro aplauso, Uribe dijo “Pediré permiso al Presidente Santos para ser cooperante de las Fuerzas Armadas, portando exclusivamente un celular”.

ver Discurso Uribe

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viernes, julio 16, 2010

Sancionadas Leyes 1393, 1394, 1395 y 1396

- En primer lugar, la Ley 1393 define rentas de destinación específica para la salud, se adoptan medidas para promover actividades generadoras de recursos para la salud, para evitar la evasión y la elusión de aportes a la salud, se redireccionan recursos al interior del sistema de salud y se dictan otras disposiciones.

Este proyecto modifica el régimen impositivo a cervezas, juegos de suerte y azar, cigarrillos y tabaco. La norma además cambia el artículo 312 del Código Penal referente al ejercicio ilícito de la actividad monopolística del arbitrio rentístico. Así como las sanciones por evasión de los derechos de explotación. De igual manera, se determina que, a más tardar el 1 de enero de 2011, la DIAN asumirá la función de Administración en términos recaudo de los derechos de explotación y gastos de administración sobre los juegos de suerte y azar explotados por entidades públicas del nivel nacional.

- La Ley 1394 regula un arancel judicial. El arancel judicial es una contribución parafiscal destinada a sufragar gastos de funcionamiento e inversión de la administración de justicia. Los recursos recaudados serán administrados por el Fondo para la Modernización, Fortalecimiento y Bienestar de la Administración de Justicia.

La tarifa del arancel judicial es del dos por ciento (2%) de la base gravable. Está a cargo del demandante inicial o del demandante en reconvención beneficiado con las condenas o pagos, o sus causahabientes a título universal o singular.

Se genera en todos los procesos ejecutivos civiles, comerciales y contencioso administrativos cuando el monto de las pretensiones se haya estimado en una cifra igual o superior a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales y en los siguientes casos:

- Por. el cumplimiento de lo acordado por las partes en una transacción o conciliación que termine de manera anticipada un proceso ejecutivo.
- Por el cumplimiento de una condena impuesta en un laudo arbitral en caso de reconocimiento- o refrendación.
- Por el cumplimiento de obligaciones reclamadas en un proceso ejecutivo de cualquier naturaleza.

- La Ley 1395 reforma varios aspectos procedimentales de la administración de justicia, para eliminar la congestión. De ese modo, simplifica procedimientos y trámites e impulsa la desjudicialización de conflictos, promoviendo medidas de conciliación extrajudicial. Además, introduce reformas al Código de Procedimiento Civil, al Código de Procedimiento Penal, Reformas del Proceso Contencioso Electoral y al Código Procesal del Trabajo. La Ley también incluye cambios en relación con las atribuciones del Consejo Superior de la Judicatura y con la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Frente a la extinción de dominio se introduce una modificación: ya no es obligatoria la notificación personal para iniciar un proceso de extinción del derecho de dominio, sino que la justicia puede actuar acudiendo a la notificación vía edicto.

- Finalmente, la Ley 1396 rinde homenaje al General Rafael Uribe Uribe y se asocia a la celebración del sesquicentenario de su nacimiento en el Municipio de Valparaíso el 12 de abril de 2009.

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jueves, julio 15, 2010

Contralor anunció apoyo a dos proyectos de Ley


El Contralor General de la Nación, Julio Cesar Turbay Quintero, dijo que la entidad apoyará dos proyectos de Ley que entrarán a tramitarse desde el 20 de julio. En primer término, la reforma a la ley de regalías sobre el cual consideró que es vital para imprimir transparencia, equidad y eficiencia al manejo de los recursos. Dijo que era muy destacable la propuesta de crear el fondo especial de ahorro “Es necesario para que el tema pensional sea atendido adecuadamente”, señaló.

De otro lado, informó que, en acuerdo con la Procuraduría General de la Nación, se presentará un proyecto de ley para crear la oficina de atención jurídica del Estado. Tiene por objetivo atender las múltiples demandas y pretensiones de particulares frente al Estado. Advirtió que, a la fecha, estas ascienden a $ 150 billones “tomando en cuenta que existe la tendencia del Estado a perder un 80% de las demandas, tal monto haría absolutamente inviable el Estado”, sentenció el funcionario.

Frente a las aspiraciones de los exsecuestrados, Turbay señaló que las personas merecen reparación, pero por parte de las organizaciones criminales que los han golpeado. “Por ello estamos planteando la alternativa de entregar indemnizaciones provenientes de bienes incautados al narcotráfico, paramilitarismo y guerrilla”, señaló y puntualizó que “El Estado reconoce sus fallas, pero no puede pagar actos delictivos de los enemigos del Estado”.

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miércoles, julio 14, 2010

Sancionada Ley sobre enfermedades huérfanas


Se trata de la Ley 1392 por medio de la cual se reconocen las enfermedades huérfanas como de especial interés y se adoptan normas tendientes a garantizar la protección social por parte del Estado colombiano a la población que padece de enfermedades huérfanas y sus cuidadores. Fue autora de la iniciativa ante el Congreso la senadora Dilian Francisca Toro.

Las enfermedades huérfanas son enfermedades raras. Con la característica de que son crónicamente debilitantes y que amenazan la vida. Además, tienen una prevalencia menor de entre una por cada 2.000 personas.

La nueva norma tiene tres propósitos: Primero, reconocer que las enfermedades huérfanas, representan un problema de especial interés en salud, dada su baja prevalencia en la población.

Determinar que por su elevado costo de atención, requieren dentro del Sistema de seguridad social en Salud un mecanismo de aseguramiento diferente al utilizado para las enfermedades generales, dentro de las de alto costo.

Y Finalmente que requieren unos procesos de atención altamente especializados y con gran componente de seguimiento administrativo.

Para quienes no tengan capacidad de pago serán financiados en el Régimen Subsidiado con cargo a los recursos señalados en la Ley 715 de 2001 y las demás normas que financien la atención de la población pobre no asegurada y de los afiliados al Régimen Subsidiado en lo no cubierto con subsidios a la demanda. En el Régimen Contributivo, las prestaciones en salud no incluidas en el plan obligatorio serán financiadas con cargo a los recursos de la Subcuenta de Compensación del Fondo de Solidaridad y Garantía–Fosyga.

Tras la sanción de la Ley, el Ministerio de la Protección Social contará con 6 meses para crear el Registro nacional de pacientes que padecen enfermedades huérfanas. Así como, para reglamentar la conformación de una red de centros de referencia para la atención de los pacientes.

Finalmente, el Gobierno Nacional, bajo la asesoría del Consejo Nacional de Talento Humano en Salud, impulsará mecanismos de promoción y participación, para la investigación científica de los diagnósticos tempranos y posibles medicamentos, tratamientos preventivos, aspectos sicológicos y psiquiátricos asociados con estas enfermedades no solo desde el punto de vista de los pacientes sino de sus familiares.

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martes, julio 13, 2010

Planeación Nacional reitera que las regalías no son embargables

El Departamento Nacional de Planeación (DNP), a través de su Dirección de Regalías, recordó a las entidades beneficiarias que los recursos de regalías son inembargables, según lo establece el Estatuto Orgánico de Presupuesto.

El DNP pidió a los beneficiarios de estos recursos que afrontan embargos, adelantar las actuaciones necesarias para hacerse parte en los procesos en curso, y obtener el desembargo de las mismas.

Así mismo, urgió tener en cuenta en las demandas que se adelanten, que las medidas de embargo decretadas no recaigan en recursos de regalías e informar de dicha situación a la Dirección de Regalías.

Según los reportes consolidados por el DNP, de las vigencias 2006 a 2010 se han decretado 148 embargos por 68 mil millones de pesos, aproximadamente, en los departamentos de Córdoba, Bolívar, Sucre, Cesar, Antioquia, Santander, Arauca, Atlántico y Chocó.

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lunes, julio 12, 2010

A extras Concejo de Bogotá


El alcalde Samuel Moreno Rojas convocó al Concejo de Bogotá a sesiones extraordinarias a partir del 13 de julio al 31 de julio de 2010.

En esas sesiones se tramitaran los siguientes Proyectos de Acuerdo:

- Proyecto de acuerdo “Por medio del cual se adopta el Régimen Jurídico de la Contribución de Valorización para el Distrito Capital”.

- Proyecto de acuerdo “Por el cual se modifica parcialmente el Anexo 4 del Acuerdo 180 de 2005 que autoriza el cobro de una contribución de Valorización por Beneficio Local para la construcción de un Plan de obras y se dictan otras disposiciones.

- Proyecto de acuerdo “Por el cual se adopta una contribución de valorización por beneficio local, en el marco del sistema de reparto equitativo de cargas y beneficios del plan de ordenamiento Zonal del Norte”.

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viernes, julio 09, 2010

Condenados ex congresistas

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó el ex senador Alirio Villamizar a prisión de 117 meses culpable del delito de concusión, tras haber recibido el manejo de una Notaría a cambio de votar en favor de la reelección presidencial en 2004. Se trata de la notaria 11 del círculo de Bucaramanga.

Adicionalmente, el congresista fue sentenciado al pago de 45.300 millones de pesos, equivalente a la liquidación de 87.495 salarios mínimos mensuales vigentes y a una inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas por espacio de 96 meses.

En otra decisión, a Sala Penal condenó a 6 años de prisión al congresista de Vaupés Fabio Arango Torres delito de corrupción al sufragante. Según la Corte, en el proceso se demostró que éste pagó a votantes durante las elecciones a la Gobernación de Vaupés, en el año 2007.

En la condena se aclara además que deberá pagar 196 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (aproximadamente 100 millones 900.000 pesos).

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jueves, julio 08, 2010

Ministerio de Hacienda presentó diseño de Regla Fiscal


Ayer fue presentado el diseño de Regla Fiscal que fue elaborado por un equipo técnico interinstitucional. El documento explica que una Regla Fiscal es una herramienta para que la autoridad fiscal propenda por un manejo sostenible de las finanzas públicas.

Se plantea que al adoptarla se permite un espacio para la política fiscal contracíclica. Es decir que la autoridad fiscal podrá ahorrar en momentos de auge y desahorrar en momentos de recesión, sin que se comprometa su meta de mediano plazo.

Una segunda característica es que facilita un manejo macroeconómico de los posibles excedentes que genere el sector minero-energético, ya que deberán ser ahorrados sólo cuando existan choques positivos.

La propuesta explicada ayer consiste en ahorrar, a partir de 2012, todos los excedentes de recursos que ingresen a la Nación por concepto de rentas petroleras superiores a lo que se reciba en 2011. Cabe aclarar que la propuesta solo plantea el ahorro de los ingresos petroleros y no propone, por ahora, incluir aumentos esperados en otra producción minera.

El planteamiento es que los recursos excedentarios petroleros, se destinen a pagar la deuda pública. Una vez se alcance un nivel de deuda del 28 por ciento del PIB, lo demás será orientado a la conformación de un Fondo de Estabilización.

La adopción de la regla fiscal exige la tramitación de varios proyectos de Ley ante el Congreso Nacional:

1. La Regla Fiscal deberá adoptarse mediante una Ley Orgánica para garantizar una especial jerarquía frente a otras leyes en materia fiscal y presupuestal.

2. Se requiere una reforma a la Constitución que cree el derecho fundamental a la estabilidad macroeconómica.

3. Debe presentarse una reforma a la actual Ley de regalías y crear el fondo de Estabilización con los excedentes esperados.

4. Es preciso simplificar el sistema tributario y revisar el esquema de beneficios. (reforma tributaria)

5. Deben reducirse las inflexibilidades del Presupuesto General de la Nación.

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miércoles, julio 07, 2010

Sancionada Ley 1391

La nueva norma modifica el decreto ley 1484 de 1989 y se dictan otras disposiciones. Su objeto es reformar la norma rectora de la forma asociativa conocida como Fondos de Empleados para adecuarla a las condiciones sociales, económicas, políticas y culturales que determinan el quehacer de estas empresas.

La nueva Ley establece que los Fondos de Empleados podrán ser constituidos por trabajadores dependientes, trabajadores asociados o por servidores públicos. No obstante aclara que podrán ser asociados las personas que presten servicios a las empresas que generan el vínculo común de asociación, independientemente de la forma de vinculación.

Se determina que se requiere el setenta por ciento (70%) de los presentes en la asamblea para la toma de decisiones de tales fondos como la reforma de los estatutos y la imposición de contribuciones obligatorias. Para otras, como la fusión, escisión, incorporación, transformación, disolución y liquidación por lo menos el setenta por ciento (70%) de los asociados hábiles o delegados convocados.

La nueva Ley deroga , en especial los artículos 4°,7°,8°,9° y los incisos 2° y 3° del artículo 44 del Decreto-ley 1481 de 1989.

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martes, julio 06, 2010

Anuncian Decreto para viabilizar megaproyectos

El Presidente Uribe explicó que “La Corte Constitucional, en sentencia que respetamos y acatamos, por supuesto, los ha declarado inconstitucionales”.

Por lo anterior dijo que se estudia una salida por Decreto que corrija los vicios detectados por el Alto Tribunal: “Creo que uno de los retos es buscar cómo podemos revivir los macroproyectos sin el vicio que anotó la Corte. He pensado en que este Gobierno antes de que terminen estos 30 días, 33 días, 34 días, debería sacar el decreto, se está estudiando, para los macroproyectos con esta novedad, con el consentimiento del alcalde y el concejo municipal”.

Uribe Agregó que: “Creo que ese decreto lo podemos expedir en estos días que nos faltan de Gobierno. Entonces tener ahí tres actores. Tener el promotor del proyecto, el Ministerio, el Gobierno Nacional, que acudan a la alcaldía, que acudan al concejo, que acudan al ente departamental. Y ahí se suma el cuarto. A ver cómo le dejamos al país, para el Gobierno del Presidente Santos, dada la buena experiencia que tuvimos con los macroproyectos, una figura de macroproyectos que supere el vicio de constitucionalidad que llevó a la Corte a declarar la figura inexequible. Pienso que eso puede funcionar”.

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viernes, julio 02, 2010

Reglamentada defensoría de consumidor financiero

Mediante la expedición del Decreto 2281, se reglamentó tal figura. Los defensores, una vez designados, deberán posesionarse ante la Superintendencia Financiera de Colombia y hacer parte del Registro Defensores del Consumidor Financiero.

El nuevo Decreto determina el Procedimiento para la Resolución de Quejas o Reclamos. El funcionario tendrá tres días para decidir si acepta la queja. Admitida la queja o reclamo, el Defensor dará traslado de ella a la respectiva entidad.

En cualquier etapa del trámite, podrá solicitarse la actuación del Defensor del Consumidor Financiero como conciliador. En tal caso, se suspenderá el trámite de conocimiento ordinario y se citará a audiencia de conciliación.

Según la nueva norma, deberán contar con Defensor del Consumidor Financiero los establecimientos de crédito; las sociedades de servicios financieros; las entidades aseguradoras; los corredores de seguros; las sociedades de capitalización, las entidades de seguridad social administradoras del régimen solidario de prima media con prestación definida; los miembros de las bolsas de bienes y productos agropecuarios y agroindustriales; las sociedades comisionistas de bolsas de valores; los comisionistas independientes de valores y las sociedades administradoras de inversión. Así como, el Fondo Nacional de Ahorro; el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - ICETEX - y la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía.

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jueves, julio 01, 2010

TLC con Canadá ya es Ley allá

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata, confirmó que el Tratado de Libre Comercio suscrito entre Colombia y Canadá fue sancionado por la Gobernadora General, Michaëlle Jean.

Según el Ministro Plata, “la norma que implementa el acuerdo recibió el Royal Assent (equivalente a la sanción presidencial en Colombia), paso con el que ese país deja listo el acuerdo para entrar en vigencia”.

El Ministro agregó que la decisión es “trascendental para la política comercial del país”, y dijo que lo que se espera, ahora, es que la Corte Constitucional en Colombia se pronuncie pronto sobre el tema.


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