lunes, marzo 08, 2010

Inexequible norma sobre macroproyectos que excluía a concejos

La Corte Constitucional determinó que la exclusión de los concejos municipales y distritales del proceso de adopción de los Macroproyectos de Interés Social Nacional MISN, en la medida que se entienden incorporados a los Planes de Ordenamiento Territorial POT, desconoce la competencia que el artículo 313 de la Constitución atribuye a los concejos para regular los usos del suelo.

Así lo resolvió el Alto Tribunal al declarar inexequible el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007, “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010”. Se determina que la posibilidad de que, mediante megaproyectos, se puedan modificar de manera automática cualquier POS del país, termina generando una grave inseguridad jurídica.

La razón fundamentada consiste en que “la disposición acusada implica un vaciamiento de competencias de los concejos distritales y municipales, dado que los mismos no sólo no participan en ninguna de las etapas de formulación y adopción de los macroproyectos, sino que, además, las previsiones normativas de estas corporaciones locales, plasmadas en los POTs, se ven desplazadas por las contenidas en los respectivos MISN”.

Se trata del estudio de los Expedientes D-7828/D-7843, en Sentencia C-149/10.

Nota publicada en El Diario Electrónico
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