lunes, abril 28, 2008

Radicado proyecto para contratación con cargo a gastos reservados

La Corte Constitucional mediante la sentencia C- 491 del 27 de junio de 2007 declaró inexequible el artículo 3º de la Ley 1097 de 2006, al haber encontrado que violaba el artículo 150 de la Constitución, en la medida que facultó al gobierno para reglamentar mediante decreto la contratación de los gastos reservados, regulación que compete exclusivamente al Congreso de la República mediante el trámite de ley.

Acatando la decisión del Tribunal Constitucional, el Gobierno radicó una iniciativa legislativa que permita expedir el régimen de contratación de los gastos reservados antes que expire el término otorgado por la Corte. Este consiste en un período legislativo, es decir, hasta el 20 de junio de 2008.

Se entiende que las contrataciones de bienes y servicios que hagan las entidades y organismos de Inteligencia, relacionadas directamente con el cumplimiento de la función de inteligencia constituyen adquisiciones relacionadas con la defensa y seguridad nacional por lo que están cobijadas por la excepción.

El proyecto es el 280 de 2008 Senado de autoría del ministro de Defensa.

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Gracias por escribirme. Saludo cordial.
Teresita