martes, mayo 29, 2012

En la Corte Constitucional

La Sala Quinta de Revisión de Tutelas de la Corte Constitucional, amparó los derechos fundamentales invocados por el Sindicato de Trabajadores de las Empresas Municipales de Cali, SINTRAEMCALI. La Corte concluyó que los convenios internacionales que versan sobre derechos humanos laborales fundamentales, que han sido integrados expresamente al bloque de constitucionalidad (art. 93 C.P.), deben ser aplicados directamente por las autoridades judiciales y administrativas cuando la legislación interna no ha desarrollado en debida forma el contenido de los mismos (Convenios 87, 98, y 151 de la OIT).

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Gracias por escribirme. Saludo cordial.
Teresita