martes, mayo 29, 2012
En la Corte Constitucional
La Sala Quinta de Revisión de Tutelas de la Corte Constitucional, amparó
los derechos fundamentales invocados por el Sindicato de Trabajadores
de las Empresas Municipales de Cali, SINTRAEMCALI. La Corte concluyó que
los convenios internacionales que versan sobre derechos humanos
laborales fundamentales, que han sido integrados expresamente al bloque
de constitucionalidad (art. 93 C.P.), deben ser aplicados directamente
por las autoridades judiciales y administrativas cuando la legislación
interna no ha desarrollado en debida forma el contenido de los mismos
(Convenios 87, 98, y 151 de la OIT).
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Gracias por escribirme. Saludo cordial.
Teresita