Mediante Decreto 1740 se reglamentó el artículo 81 de la Ley 418 de 1997, modificada y prorrogada por las Leyes 548 de 1999, 182 de 2002, 1106 de 2006 y se dictan otras disposiciones.
Este busca establecer los lineamientos de la política de protección de personas que se encuentren en situación de riesgo extraordinario o extremo, como consecuencia directa y en razón del ejercicio de sus actividades o funciones políticas, públicas, sociales o humanitarias.
El decreto define la población objeto del Programa de Protección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia. Así como, Población objeto del Programa de Protección de la Policía Nacional.
El decreto deja en cabeza de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia y del Comité de Reglamentación y Evaluación de Riesgos - CRER, la coordinación del Programa de Protección de Derechos Humanos.
Además deja un período de transición para la implementación del Decreto en lo concerniente al traslado de esquemas del Ministerio del Interior y Justicia a la Policía Nacional, se hará gradualmente de acuerdo con un cronograma
Nota publicada en El Diario Electrónico
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