miércoles, marzo 31, 2010

Reglamentada Ley de infancia en tema de aplicación penal

El Gobierno reglamentó la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia. El objeto del decreto 860 de 2010 es reglamentar las obligaciones del Estado, la sociedad y la Familia en la prevención de la comisión de infracciones a la ley penal por parte de niños, niñas y adolescentes y su reincidencia.

El decreto determina las responsabilidades de los padres o personas responsables del cuidado de los menores de edad que han cometido tales infracciones, dentro de los procesos administrativos o penales que se adelanten por las autoridades competentes.

Se determina amonestar a los padres o a las personas responsables del cuidado de los niños, niñas o adolescentes sobre el cumplimiento de las obligaciones que les corresponden o que la Ley les impone. Dentro de las disposiciones se destaca:

- El incumplimiento de las obligaciones impuestas en la diligencia de amonestación, acarreará a los padres o personas responsables del cuidado sanción consistente en multa equivalente al valor de uno (1) a cien (100) salarios mínimos diarios legales vigentes. Esta sanción será impuesta por el Defensor de Familia.

- Una vez comparezcan los padres o las personas responsables del cuidado, dentro del término establecido en el articulo séptimo, el Defensor de Familia, Comisario de Familia, o Inspector de Policía, les informará las responsabilidades y obligaciones que tienen con sus hijos para prevenir la comisión de infracciones a la ley penal y su reincidencia, y se firmará un acta de compromiso sobre las mismas.

Nota publicada en El Diario Electrónico
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