jueves, febrero 04, 2010

Objetado proyecto sobre Centros de Enseñanza Automovilística

Sin la correspondiente sanción ejecutiva, el Gobierno Nacional devolvió por razones de inconveniencia el Proyecto de ley 236 de 2008 Cámara, 341 de 2009 Senado, por medio de la cual se modifica la Ley 769 de 2002.

Se rechaza el parágrafo 2° del artículo 3, relacionado con los Centros de Reconocimiento de Conductores, afirmado que propicia la limitación de la oferta de servicios en lo que corresponde al denominado reconocimiento de conductores. "ya que solo podrán realizar la expedición de certificados las empresas acreditadas, sin tomar en cuenta que un 50% de las empresas se encuentran en proceso de acreditación y quienes están en capacidad de satisfacer de forma íntegra el servicio", explica el documento enviado al Congreso.

Así mismo se argumenta que se considera que el plazo contenido en el parágrafo 2° del artículo 3° resulta escaso para cumplir con el proceso de acreditación, que en la actualidad oscila entre los 12 meses ante el Organismo Nacional de Acreditación. Se agrega que: "Lo anterior, permite prever para los empresarios el riesgo de no obtener en el plazo previsto por la norma la acreditación exigida, su inminente salida del mercado limitando la oferta de este servicio, lo que conllevaría al escenario donde solo un número reducido de empresas serán las oferentes del servicio de acreditación, amenazando la libre competencia económica".

Finalmente, la objeción determina como contradictorio el parágrafo 2° del artículo 3° del proyecto de ley, cuando exige que el Ministerio de Transporte reglamente los requisitos que deben cumplir todos los centros de reconocimiento para ser acreditados y por otro lado autoriza la expedición de certificados a ciertos centros de reconocimiento.

Todas las observaciones entrarán a evaluación del Congreso una vez reanuden las sesiones ordinarias.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Gracias por escribirme. Saludo cordial.
Teresita