lunes, abril 14, 2008

Devuelto al Congreso proyecto de Habeas Data

La Corte Constitucional encontró un vicio de procedimiento subsanable al Proyecto de Ley Estatutaria No. 27/06 Senado - 221/07 Cámara (acum. 05/06 Senado), "por la cual se dictan disposiciones generales del Hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones". La Corte constató que en el segundo debate en la plenaria de la Cámara de Representantes no se cumplió en debida forma con el requisito constitucional de anuncio previo de su votación. Por lo anterior concedió a la Plenaria de la Cámara de Representantes el término máximo de 30 días, para que subsane el vicio detectado en esta decisión.

De otro lado, resolvió declarar infundadas las objeciones presidenciales formuladas al proyecto de Ley No. 18/06 Senado - 207/07 Cámara "por la cual se establecen rebajas en las sanciones para los remisos del servicio militar obligatorio. Los argumentos son dos: La condonación de la obligación pendiente, esto es, el establecimiento de una amnistía para ciertos ciudadanos no requería de la iniciativa o aval de gobierno nacional, habida cuenta que la materia que regula hace parte de aquellas de iniciativa ordinaria de los miembros del Congreso, de manera que la objeción por este motivo resulta infundada.

La segunda tampoco prospera, en relación con el presunto desconocimiento de las normas orgánicas del presupuesto (art. 7º de la Ley 819 de 2003), relativas a la obligación de que toda iniciativa que contraiga gasto u otorgue beneficios tributarios, haga explícito su impacto fiscal compatible con el Marco Fiscal a Mediano Plazo e incluya sus costos fiscales y la fuente de ingreso adicional que se genera. Lo anterior, por cuanto la Corte constató que tanto la exposición de motivos del proyecto de ley como los informes de ponencia para cada uno de los debates, tienen referencias explícitas a las implicaciones fiscales del proyecto de ley, que fueron ampliamente debatidos.

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Teresita