miércoles, diciembre 30, 2009

Sancionada Ley que crea SOAT temporal

Se trata de la Ley 1364 que modifica el numeral 1 del parágrafo del artículo 193 y el numeral 4 del artículo 196 del Decreto 663 de 1993.

Esta especifica que la vigencia de la póliza de seguro de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito- SOAT será anual.

Sin embargo, crea una excepción para los vehículos que circulen por las zonas fronterizas y para los vehículos importados que se desplacen del puerto a los concesionarios para su venta al público. Para estos será expedido un seguro con carácter transitorio.

La nueva Ley es autoría del Senador Alexánder López Maya y del Representante a la Cámara Carlos Germán Navas Talero, quienes radicaron la iniciativa en el Congreso Nacional.

Esta disposición también aplica para los vehículos que hayan obtenido la clasificación como automóviles antiguos o clásicos. En estos, la Ley determina que vigencia de dicha póliza no podrá ser menor a un trimestre.

Par el caso de vehículos en zonas fronterizas las entidades aseguradoras deberán expedir seguros de corto plazo que cubran el lapso durante el cual el vehículo permanezca en el país.

De igual manera se deberán expedir seguros de corto plazo para los vehículos importados que se desplacen del puerto a los concesionarios para su venta al público.

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Gracias por escribirme. Saludo cordial.
Teresita