martes, diciembre 02, 2008

Infundada objeción declaró Corte Constitucional

La Corte Constitucional determinó que unas disposiciones legales que apuntan a que los municipios y los distritos cumplan con cláusulas constitucionales que garantizan los derechos de las personas discapacitadas, al igual que los compromisos internacionales asumidos por el Estado colombiano en la materia, no atentan contra el principio de autonomía de las entidades territoriales para ejercer las competencias que les son propias. Esto con ocasión del estudio de las objeciones presidenciales que tuvo que dirimir ante la insistencia del Congreso.

Se trata del proyecto de ley numero 066 de 2006 Senado, 225 de 2008 Cámara "Por la cual se adiciona la Ley 361 de 1997" cuya argumentación del Gobierno se declaró infundada.

En otra importante decisión, el Alto Tribunal la Corte declaró inexequible el artículo 11 del Decreto Ley 1295 de 1994 sobre el tema de riesgos profesionales. La argumentación principal fue « por cuando la facultad de expedir códigos y de modificarlos en su estructura está reservada exclusivamente al Congreso de la República».

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Teresita