martes, mayo 24, 2011

Corte reiteró que título de una ley puede ser objeto de control

La Corte reiteró que el título de una ley puede ser objeto de control constitucional, a pesar de no configurar por sí mismo una norma con eficacia jurídica directa.

Por lo anterior recordó los puntos básicos aplicables a los títulos de las leyes así:

Entre el título y la ley debe existir  relación de correspondencia o conexidad;   no debe contener alusiones discriminatorias prohibidas por el artículo 13 de la Carta;   no puede sustituir el número y la descripción general del contenido de la ley que titula;   no debe conceder reconocimientos, privilegios u honores a una persona específica, por ser una materia propia de las leyes de honores.

En el  caso específico analizado, la Corte consideró no vulnera la Constitución la expresión “particulares” contenida en el título de la Ley 52 de 1975, Por la cual se reconocen los intereses anuales a las cesantías de los trabajadores particulares.

En la   Sentencia C-393/11  se encontró que la expresión  no desconoce las funciones que la jurisprudencia constitucional le ha reconocido a los títulos de las leyes dentro del ámbito de delimitar o circunscribir la materia tratada en el respectivo cuerpo normativo o de servir de criterio de interpretación para establecer el sentido de las disposiciones contenidas en la ley.

El Alto Tribunal reiteró que   ello aplica “cuando el legislador desconoce alguna de las funciones que la Carta y la jurisprudencia constitucional le han reconocido y en tanto hace parte del contenido de las leyes”.

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jueves, mayo 19, 2011

El aplazamiento de la Ley de víctimas...


Fue  evidente la escasa asistencia de las bancadas mayoritarias para la votación, ayer en Plenaria del Senado para el debate final a la Ley de víctimas.

En los pasillos se mencionaba la razón del fracaso de la sesión en dos causas:  La necesidad de esclarecer los alcances reales de  los impedimentos y la aún evidente inconformidad del sector uribista,  frente a los términos actuales de la iniciativa.

Ayer en la sesión Plenaria, el senador Mauricio Lizcano dejó pensando a los congresistas.  

Lizcano adujo que, al ser su padre y hermano víctimas del secuestro, se convertirían en beneficiarios de la Ley y porqué no, incluso el mismo.  

Por ello,  al ver la tendencia de negar todos los impedimentos,  dijo que por sugerencia de su abogado  “Sin importar la decisión de la Plenaria sobre mi impedimento,  me permito informar que no participaré de la votación de este proyecto”.

Eso hizo que los congresistas comenzarán a evaluar  individual y detenidamente su situación frente al proyecto,  a fin de no incurrir en  conflicto de intereses por sí mismos o por sus familiares.

Los tres impedimentos negados  a  los senadores Arleth Casado, Héctor Julio Alfonso y Félix Valera,  si se observan bien,  son  justificados. Restan por estudiarse siete más. 

El senador  Juan Carlos Restrepo  dijo  "Los congresistas que en carne propia o sus familias,   han sido víctimas de los grupos al margen de la ley deciden declararse impedidos y les asiste la razón en alguna forma", declaró.

El otro factor de aplazamiento y, de seguro el más contundente, es la reticencia del sector uribista a apoyar los cambios al proyecto marcados por el Presidente Santos. 

Por un lado, el reconocimiento del término "conflicto armado".  
"Reconocer conflicto interno es convalidar la actitud de los vecinos que se niegan a clasificarlos como terroristas y darles patente para que vuelvan con el pedido de reconocimiento de beligerancia (estatus político)", dice una carta de Uribe difundida por twitter,  hace unos días.

El senador Luis Carlos Avellaneda aseguró que se “vio la mano invisible y efectiva del expresidente Uribe para intentar frenar el trámite del proyecto de ley”.

El otro tema,  es  lo que  Uribe ha llamado " nivelar  a los policías y soldados con los terroristas",  en el que se reconocería víctimas de  acciones ilícitas de los miembros de las Fuerzas Militares. Eso,  sin contar lo que llamó  "agitación para invasiones ilegales de tierras".

De la  habilidad del Gobierno, en cabeza del ministro del Interior, Germán Vargas,  para conseguir  persuadir al sector uribista  dependerá,  la próxima semana, la dinámica para la aprobación del proyecto.

Por lo pronto, el Presidente del Senado, Armando Benedetti,  auguró sesiones martes, miércoles y jueves para discutir la iniciativa.

Las víctimas esperan. 
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martes, mayo 17, 2011

Corte volvió a delinear función de comisiones de conciliación

Con ocasión de la resolución de una demanda respecto al proceso de formación de la Ley 1386, “Por la cual se prohíbe que las entidades territoriales deleguen, a cualquier título la administración de los diferentes tributos a particulares y se dictan otras disposiciones”, la Corte Constitucional    recalcó los alcances de la competencia de las comisiones de conciliación en materia de la definición de los textos finales.

Dejó claro que la conciliación aplica sólo a las diferencias encontradas en los textos aprobados por las plenarias. 

En el caso examinado, el  demandante consideró que las comisiones de conciliación no tuvieron en cuenta un parágrafo y que tal  supresión, a su  juicio, no fue justificada.  

La Corte examinó el trámite surtido por el proyecto, que se convirtió en la Ley 1386 de 2010, y encontró que la norma en mención  no hizo parte de ninguno de los textos o discusiones en la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes o en la plenaria de la Cámara.   El texto del parágrafo apareció sólo añadido al artículo primero  del proyecto en el informe de ponencia para el primer debate en la Comisión Tercera del Senado de la República, pero  desapareció en la plenaria ya que se suprimó.

La Corte concluye que no estaban dadas las condiciones para que el parágrafo que el actor echa de menos fuera objeto de conciliación y estima que en realidad las plenarias de las Cámaras Legislativas no tuvieron discrepancia sobre el mismo. 

Para la Corte resulta claro que en relación con el parágrafo, lejos de existir discrepancia lo que hubo fue coincidencia entre las plenarias de ambas Cámaras, pues al no haberlo aprobado el Senado en segundo debate coincidió con el texto surgido en la plenaria de la Cámara de Representantes. 

El alto Tribunal concluyó que "en ese orden, no prospera el cargo aducido por el actor, ya que la Comisión de Conciliación no tenía, ni podía incluir el citado parágrafo como objeto de su labor conciliadora y de haberlo incluido, hubiera incurrido en un exceso no permitido por la Constitución." 

Por tanto, la ley 1386 de 2010, fue declarada exequible, frente a los cargos examinados. El parágrafo objeto de la demanda afirmaba que “los contratos de concesión diferentes a los tributarios, tales como los de infraestructura vial o los de los servicios públicos, no son objeto de la presente ley”.
 
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sábado, mayo 14, 2011

Regla fiscal en trámite, pero en qué consiste?

En el Congreso de la República se encuentra a mitad de camino un proyecto de Ley que ordena adoptar la regla fiscal. 

El proyecto acaba de ser aprobado por Cámara y ahora inicia trámite en Senado. La regla fiscal es un referente  para el  manejo macroeconómico encaminado a alcanzar el  equilibrio en las finanzas públicas, a través de la coherencia fiscal y el funcionamiento armonioso del aparato económico de un país. Por lo anterior, en general  va ligada al marco fiscal de mediano plazo.

En caso de que el proyecto pase sin problemas en Senado tal  como ocurrió en Cámara,  la regla fiscal que orientaría  la economía colombiana consiste en que el Gobierno  deberá  adoptar las medidas fiscales necesarias para que el Balance Fiscal Estructural no presente un déficit anual superior al 2,0% del Producto Interno Bruto, a partir del año 2015.

Además, el Gobierno Nacional deberá empeñarse en alcanzar  la  reducción gradual del déficit en el balance fiscal estructural, hasta alcanzar en el año 2014 un déficit estructural de 2,3% del PIB o menos.

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viernes, mayo 13, 2011

En nueva Ley del deporte se incluye normas penales

Acaba de ser sancionada por parte del Presidente de la República, Juan Manuel Santos,  la  Ley 1445.  

Su principal propósito es obligar  a los  clubes de fútbol a organizarse como corporaciones deportivas o Sociedades Anónimas.  Pero además, se tomaron decisiones para prevenir los desmanes dentro y fuera de los estadios. Por ello se la Ley incluye  dos disposiciones penales en materia de seguridad y convivencia en el deporte.

La primera prevé sancionar conductas tales como posesión o tenencia de cualquier tipo de arma o estupefacientes, se promueva o cause violencia contra miembros de la fuerza pública o se invada el campo.

Se prevé para esos casos: Multa de cinco (5) a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes y prohibición de acudir a escenarios deportivos por un periodo entre seis (6) meses a tres (3) años.

La otra,  está encaminada sancionar a quien incite o cometa acto de agresión física o verbal sobre otra persona, o daños a infraestructura deportiva pública, residencial o comercial. La multa entre  veinte (20) a cien (100) salarios mínimos  y  prohibición de acudir a escenarios deportivos por un período entre dos (2) años y cuatro (4) años.
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jueves, mayo 12, 2011

Para solución de diferendos limítrofes quedó excluida consulta popular

Un proyecto de Ley está en trámite final de conciliación en el Congreso de la República, determina el  procedimiento para  fijar o modificar el límite de regiones territoriales.

Como se recordará,  el punto clave de la discusión fue la realización de una consulta popular entre los habitantes del territorio en disputa.

La propuesta planteaba la opción de que las comunidades mismas desde su parecer definieran a que departamento querían pertenecer.  La conciliación frente a este tema determinó no incluirlo. 

De acuerdo con la iniciativa conciliada finalmente corresponde al Congreso de la República definir los límites dudosos y solucionar los conflictos limítrofes de las regiones territoriales, departamentos y distritos de diferentes departamentos, previo estudio normativo y técnico.

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miércoles, mayo 11, 2011

Fórmula de la gasolina será revisada

A raíz de un extenso debate celebrado anoche  por la plenaria del Senado,  en cabeza de los senadores Luis Fernando Velasco, Alexandra Moreno y Guillermo García, el ministro  de Minas aceptó públicamente que el tema amerita una revisión.

El  Ministro de Minas y Energía, Carlos Rodado,  aceptó que es necesario revisar la política y no descartó sentarse con los senadores, el miércoles de la semana entrante, al interior de la subcomisión nombrada por el Senado para ese fin.

Los senadores criticaron duramente la metodología para fijar los precios de los combustibles  utilizada hasta ahora y  constituida por 17 items.  Según explicaron,  varios de ellos no aplicables al consumidor final.  Esto lo calificaron de injusto  con los consumidores y resaltaron que ahora Ecopetrol no es una empresa totalmente estatal.

Se espera que el resultado de tales discusiones derive en una solución de alivio al bolsillo al ciudadano común. 

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martes, mayo 10, 2011

Discapacitados tendrían garantía de adquirir pensión

Los trabajadores discapacitados podrán acceder a la pensión de jubilación, una vez cumplan veinte (20) años de servicio, mil (1000) semanas de cotización y cualquier edad.

Así lo propone un proyecto de Ley que acaba de ser radicado en el Congreso. La iniciativa determina que se aplicará a todos las personas con discapacidad, que hubieren perdido  entre el 20% y el 49%  de  su capacidad laboral,   según la calificación efectuada por las juntas correspondientes.

El articulado es claro en que la pensión por  discapacidad no podrá ser superior al 75 % del ingreso base de liquidación.  Así mismo que  en ningún caso la pensión de discapacidad podrá ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente. 

El proyecto es de autoría del Senador Gabriel Zapata.
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lunes, mayo 09, 2011

Sancionada Ley de escisión de ministerios y facultades para reformar administración pública

Con el número 1444 quedó identificada la nueva Ley "por medio de la cual se escinden unos ministerios, se otorgan precisas facultades extraordinarias al presidente de la república para modificar la estructura de la administración pública y la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones". 

La nueva norma tiene dos ejes principales: La creación de los ministerios de Justicia, Salud y Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.   Así como la entrega de facultades al Presidente de la República, por el término de seis meses,  para crear, escindir, fusionar,  suprimir  y cambiar la naturaleza jurídica de los establecimientos públicos y otras entidades u organismos de la rama ejecutiva del orden nacional.

Vendrán ahora los paquetes de decretos con las normas de reestructuración de las entidades.

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sábado, mayo 07, 2011

Santos propuso al Congreso revisar leyes antiguas

Durante  la jornada 32 de los Acuerdos para la Prosperidad, efectuada en Medellín, el Primer MandatarioJuan Manuel Santos le propuso al Congreso  de la República dedicar un período a estudiar las leyes obsoletas y eliminarlas.

“De pronto podríamos pensar en dedicarle unos meses, tres meses. El Congreso se dedica solamente a estudiar aquellas leyes que ya no se necesitan. Así como los trámites inútiles, las leyes inútiles”, manifestó.

En su momento, tras su elección como designación  como Presidente del Senado, el senador  Armando Benedetti había lanzado la propuesta. 

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