jueves, septiembre 10, 2009

Sancionada Ley de referendo reeleccionista

Con el número 1354 quedó identificada la Ley que convoca al pueblo colombiano a un referendo a fin de reformar el inciso primero del artículo 197 de la Constitución Política.

De acuerdo con la propuesta legal, los ciudadanos deberán responder SI o NO a una pregunta que, de ser aprobada, cambiaría la redacción de inciso en mención así: "Quien haya sido elegido a la Presidencia de la República por dos períodos constitucionales, podrá ser elegido únicamente para otro periodo" .

Esta iniciativa posibilita que el Presidente Alvaro Uribe Vélez pueda postular su nombre por tercera vez a la máxima magistratura del Estado.

Tras la sanción de la Ley, la iniciativa pasará a revisión de la Corte Constitucional. Según los tiempos estimados por expertos en el tema, la Corte, cuenta con 120 días hábiles para emitir un fallo. Estos son más de cinco meses calendario.

El procedimiento a seguir es el siguiente:

- La Corte, en sala plena, reparte por sorteo el asunto a uno de los magistrados, que será el magistrado sustanciador o magistrado ponente”.

- Este tiene seis días inicialmente para, entre otros, decretar pruebas.

- si hay recusaciones las resuelve la misma Corte y dispone de los conjueces. (más o menos dos semanas).

- Treinta días tiene el Procurador para emitir su concepto.

- Treinta días más, después de esto, tiene el magistrado ponente para redactar la ponencia y presentarla a la sala plena.

- Luego la sala plena tiene 60 días para resolver.

- Si resulta exequible, tras la notificación de la Sentencia, el Presidente de la República tiene ocho días para fijar la fecha en que serán llamados los colombianos a las urnas.

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Teresita