jueves, julio 30, 2009

Objetados dos proyectos de Ley

Sin la correspondiente Sanción Ejecutiva fueron devueltos al Congreso Nacional dos iniciativas que habían alcanzado sus cuatro debates reglamentarios. Son ellos:

- Objeciones Proyecto de ley número 10 de 2007 Senado, 334 de 2008 Cámara (Acumulado 42 de 2007 Senado), por la cual se modifica la Ley 685 de 2001 –Código de Minas–.
Por razones de inconveniencia: En las motivaciones del Gobierno está: Con el artículo 30 se está autorizando la utilización de minidragas de hasta 60 caballos de fuerza. En el artículo 10 que se objeta no aparece opción real y verdadera para que el sector de infraestructura vial pueda lograr los materiales a precios justos por parte de titulares de derechos mineros en estas áreas de borde aledañas a las carreteras.

- Objeciones Proyecto de ley número 040 de 2007 Cámara, 193 de 2008 Senado, por medio de la cual se expide la Ley de Seguridad en Eventos Deportivos.
Por razones de inconveniencia: Los artículos 15, 16 y 17 del Proyecto que, en su orden, crean la Comisión Nacional de Seguridad en Eventos Deportivos, establecen sus funciones y determinan su integración, son inconvenientes. Para el Gobierno, la razón básica del juicio de inconveniencia de estos artículos se encuentra en la existencia actual de la Comisión Nacional de Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, cuya creación y funcionamiento fue dispuesto por la Ley 1270 de 5 de enero de 2009.

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Gracias por escribirme. Saludo cordial.
Teresita